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Tramitaciones electrónicas para autónomos

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Tramitaciones electrónicas para autónomos

La comunicación telemática por parte de la Administración comienza a ser obligatoria para las empresas en 2016, ampliándose a los trabajadores autónomos en octubre de 2018. Desaparecen así las tradicionales notificaciones en papel con acuse de recibo.

Esto ha hecho que los profesionales independientes hayan tenido que recurrir a contar con software de gestión que incluyan la posibilidad de realizar estas presentaciones cómodamente o recurrir a despachos profesionales para externalizar este servicio. Así estos llevarían todos los trámites relaciones con afiliación, cotización, recaudación de cuotas y la recepción de notificacion es electrónicas de las diferentes administraciones oficiales.

Tramitaciones electrónicas para autónomos 1Esto hace que cobre especial importancia llevar un seguimiento exhaustivo de la notificaciones y tener los datos actualizados y revisar periódicamente todos los buzones de notificaciones oficiales.

Por eso es aconsejable utilizar herramientas  desde las que podamos controlar estos avisos, emitidos desde diferentes plataformas, evitando que se pierdan o que por error humano acaben en una sanción.

Debemos tener en cuenta que existe un término máximo para cursar una notificación, se dispone de 10 días naturales para verla y una vez pasado ese tiempo esta se considera rechazada.

Para cumplir con las obligaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha puesto a disposición dos canales electrónicos a través de los que el trabajador autónomo podrá realizar todas las gestiones:

  1. Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED), a través del que se realizan las gestiones de los trámites ante la TGSS, así como la asignación o designación del Número de Afiliación del autónomo a un autoriza que actúe posteriormente en su representación.

  2. Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS, debiendo disponer de un sistema de identificación que garantice y asegure la identidad del trabajador para acceder a los servicios.
          • El Certificado electrónico admitido por la Seguridad Social y que se obtiene a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNTM), donde los trabajadores pueden acreditar su identidad para la obtención del certificado en cualquier oficina de la Seguridad Social.

          • El DNI electrónico. Permite la presentación de solicitudes a través del Registro Electrónico de la Seguridad Social.

          • El Sistema Cl@ve. Es un sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común para todas las Administraciones Públicas basado en la utilización de claves concertadas previo registro del ciudadano.