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Lo que necesitas saber sobre el Impuesto de Sociedades en 2019

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Lo que necesitas saber sobre el Impuesto de Sociedades en 2019

El Impuesto de Sociedades es uno de los tributos que gravan a los empresarios, es de carácter periódico, proporcional, personal y directo. El objetivo de esta norma es gravar la renta dentro de las sociedades y otras entidades de tipo jurídicas.  El impuesto de sociedades es uno de los impuestos que gravan los empresarios y es similar al IRPF aunque con diferencias que debemos conocer para no confundirlos.

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Este impuesto se aplica en todo el territorio español con un tipo impositivo del 30% para grandes empresas y un 25% para pymes. Las comunidades con autonomía fiscal propia (País Vasco y Comunidad Foral de Navarra), poseen un tipo impositivo del 28%.

¿Quién está exento del Impuesto de Sociedades?

Solo están exentas del Impuesto de Sociedades los organismos públicos como Estado, Comunidades Autónomas, ayuntamientos, Banco de España, Seguridad Social…

¿Cuáles son los tipos impositivos en el Impuesto de Sociedades?

Tipo general: 25% (28% en País Vasco y Navarra)

Tipo reducido para emprendedores: 15%

Tipo reducido para cooperativas: 20%

Tipo reducido para asociaciones y fundaciones: 10%

Tipo reducido para sociedades de inversión: 1%

¿Cómo se presenta el Impuesto de Sociedades?

La presentación del Impuesto de Sociedades se realiza de forma telemática obligatoriamente.

Se presentan dos modelos:

  • Modelo 200: declaración anual que se presenta entre el 1 y el 25 de julio. Su presentación siempre es obligatoria, incluso cuando no hay ingresos o no se desarrolla actividad, siempre que la sociedad siga en activo este modelo debe presentarse.
  • Modelo 202: permite el pago fraccionado del modelo 200 en los casos en los que el año anterior se haya obtenido un resultado positivo. Se presenta cuatrimestralmente en abril, octubre y diciembre.
  • Modelo 220: que solo es preciso en los grupos de sociedades.

 

¿Qué cambios se esperan en el Impuesto de Sociedades en 2019?

Aunque todavía queda un camino por recorrer antes de que estas medidas entren en vigor, merece la pena conocerlas. 

  • Se crea un tipo mínimo del 15%. Esta medida afectará sólo a los grupos que tributan en régimen de consolidación fiscal y a las empresas no integradas en grupos cuyo importe neto de la cifra de negocios sea igual o superior a 20 millones de Euros.
  • La exención por los dividendos y plusvalías generadas en el exterior, actualmente del 100%, se verá reducida en un 5%.
  • Las empresas que facturen menos de un millón de euros verán reducido el tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades del 25% al 23%.
  • En línea con la medida que impulsan 10 países de la UE, se prevé aplicar un tipo de gravamen del 15% sobre los beneficios no distribuidos por las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI), que disfrutan actualmente de un tipo de gravamen del 0% por las rentas obtenidas en el ejercicio de su actividad principal de alquiler y renta de inmuebles.